SISTEMA PENITENCIARIO EN GUATEMALA
Presentado
Por Carlos Alberto Patiño Agüero.
Maestría en Derecho Penal y Procesal Penal.
A fin de establecer como es el
sistema penitenciario en el país de Guatemala, es preciso de manera inicial realizar una
revisión de la constitución política de dicho país, en ese sentido, con
respecto al sistema penitenciario, la
constitución política de dicho país, regula esta institución en el artículo 19º
con el siguiente texto normativo.
“Artículo 19.- Sistema
penitenciario. El sistema penitenciario debe tender a la readaptación
social y a la reeducación de los reclusos y cumplir en el tratamiento de los
mismos, con las siguientes normas mínimas:
a) Deben ser
tratados como seres humanos; no deben ser discriminados por motivo alguno, ni
podrán infligírseles tratos crueles, torturas físicas, morales, psíquicas,
coacciones o molestias, trabajos incompatibles con su estado físico, acciones
denigrantes a su dignidad, o hacerles víctimas de exacciones, ni ser sometidos
a experimentos científicos;
b) Deben cumplir
las penas en los lugares destinados para el efecto. Los centros penales son de
carácter civil y con personal especializado; y
c) Tienen
derecho a comunicarse, cuando lo soliciten, con sus familiares, abogado
defensor, asistente religioso o médico, y en su caso, con el representante
diplomático o consular de su nacionalidad.
La infracción de
cualquiera de las normas establecidas en este artículo, da derecho al detenido
a reclamar del Estado la indemnización por los daños ocasionados y la Corte
Suprema de Justicia ordenará su protección inmediata.
El Estado deberá
crear y fomentar las condiciones para el exacto cumplimiento de lo preceptuado
en este artículo.”
Base normativa del cual se aprecia que
la cárcel en dicho país tiene las siguientes funciones 1) La readaptación
social y 2) La reeducación de los internos;
garantizando el respeto de ciertas normas mínimas como son el derecho a ser
tratados como seres humanos, debiendo cumplir la privación de la libertad en
lugares destinados para tal fin en condiciones adecuadas, asimismo se le
permite estar en comunicación permanente ya sea con familiares, abogados,
médicos y sacerdotes; incluso, cuando se trata de presos extranjeros, se les
permite comunicación con representantes diplomáticos del país de su
nacionalidad.
Por otro lado, existen leyes infra-constitucionales
que también regulan el sistema penitenciario en el país de Guatemala, como es
el caso del decreto 33-2006 emitido por el congreso de dicho país, en el cual
se establece de manera similar a lo prescrito por la constitución, que el
sistema penitenciario en Guatemala tiene como funciones principales la
readaptación y la reeducación de los internos, así también, se regula en el
artículo 3 de dicho Decreto, que los son fines del sistema penitenciario en
Guatemala son: 1) mantener la custodia y seguridad de las personas recluidas en
resguardo de la sociedad, 2) Proporcionar a los reclusos las condiciones
favorables para su educación y readaptación a la sociedad.
Por otro lado, la Constitución política
de dicho país hace una distinción entre lo que son las cárceles donde las
personas que han cometido un delito vienen cumpliendo una condena y se entiende
con una sentencia con calidad de cosa juzgada, de aquellos lugares donde las
personas que son consideradas sospechosas de haber cometido un delito vienen
cumpliendo una detención provisional evitando de esta forma que personas con
prisión preventiva se encuentren detenidas junto con personas que ya vienen
cumpliendo una condena efectiva.
ORGANIZACIÓN
DEL SISTEMA PENITENCIARIO EN GUATEMALA.
La Organización del Sistema
Penitenciario en Guatemala se encuentra regulada por la ley del régimen
penitenciario (Decreto Número 33-2006) que en su Artículo 34) establece que son
órganos del Sistema Penitenciario los siguientes: a) La Dirección General del
Sistema Penitenciario, siendo este el órgano responsable de la planificación,
organización y ejecución de las políticas penitenciarias; b) La Comisión
Nacional del Sistema Penitenciario, que tiene entre sus funciones la de
proponer las políticas penitenciarias, Participar en la negociación de la ayuda
tanto nacional como internacional con miras al incremento del presupuesto de la
institución; y, Favorecer el desarrollo y fortalecimiento de la Escuela de
Estudios Penitenciarios; c) La Escuela de Estudios Penitenciarios, siendo este
órgano el responsable de orientar los programas de formación y capacitación
relacionados con las funciones que desempeña el personal penitenciario y, d) La
Comisión Nacional de Salud, Educación y Trabajo, siendo este uno de los órganos
del sistema penitenciario de Guatemala que se encuentra más comprometido con
las funciones que debe cumplir el sistema penitenciario, esto es, proponer las
políticas para facilitar a las personas reclusas estudios a distinto nivel,
desarrollo de destrezas y habilidades de trabajo, para favorecer la implementación
de fuentes de trabajo y educación a través de programas penitenciarios y
post-penitenciarios, con el fin de contribuir a su readaptación social.
CENTROS
DE DETENCIÓN EN GUATEMALA.
En Guatemala, según el gobierno existen los
siguientes centros de detención.
Región
Central
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Centro de Detención Preventiva para Hombres de la
zona 1, Matamoros
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·
Centro de Detención Preventiva para hombres de la
zona 17, Mariscal Zavala
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·
Centro de Detención Preventiva para Hombres de la
zona 18
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·
Centro de Detención Preventiva de Delitos Menores
y Faltas para hombres de la zona 18
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·
Centro de Detención Preventiva para Mujeres de la
zona 18, Santa Teresa
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·
Centro de Detención Preventiva para Hombres
Reinstauración Constitucional, Fraijanes (Pavoncito)
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·
Centro de Detención para Hombres Fraijanes I
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·
Centro de Detención para Hombres Fraijanes II
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·
Granja Modelo de Rehabilitación Pavón
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Centro de Orientación Femenino (COF), Fraijanes
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Región
Sur
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Centro de Detención Preventiva para Hombres y
Mujeres, Mazatenango Suchitepéquez
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Granja Modelo de Rehabilitación Canadá, Escuintla
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Centro de Alta Seguridad de Escuintla
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Región
Oriente
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Centro de Detención Preventiva para Hombres El
Boquerón Cuilapa, Santa Rosa
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Centro de Detención Preventiva para Hombres y
Mujeres Los Jocotes, Zacapa
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Región
Occidental
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·
Granja Modelo de Rehabilitación Cantel,
Quetzaltenango
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Centro de Detención Preventiva para Hombres, Santa
Cruz del Quiché
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·
Centro de Detención Preventiva para Hombres y
Mujeres, Chimaltenango
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Región
Norte
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·
Centro de Detención Preventiva para Hombres y
Mujeres de Cobán, Alta Verapaz
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·
Centro de Detención Preventiva para Hombres y
Mujeres de Santa Elena, Petén
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·
Centro de Detención Preventiva para Hombres y
Mujeres, Guastatoya El Progreso
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·
Centro de Detención Preventiva para Hombres y
Mujeres, Puerto Barrios Izabal
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PROBLEMÁTICA
DE LAS CÁRCELES DE GUATEMALA.
Hasta
aquí se venido desarrollando como es el sistema penitenciario desde un punto de
vista normativo, sin embargo, también forma parte de este pequeño punto de
vista respecto al sistema penitenciario en Guatemala, hacer mención a la
realidad de las cárceles en el país de Guatemala, en ese sentido, a través del
internet es posible revisar noticias, artículos, tesis en los que se puede
apreciar puntos de vista de personas que han realizado investigaciones sobre
las cárceles en el país de Guatemala, en ese sentido, en una investigación
realizada por Liza María Navarro Molina quien realizó una tesis para optar el titulo
de LICENCIADA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y
SOCIALES y los títulos profesionales de ABOGADA Y NOTARIA en el año 2008, describió la realidad de las cárceles
en Guatemala señalando con respecto al espacio lo siguiente “El espacio físico de las cárceles guatemaltecas,
no difiere mucho una de las otras, ante la omisión del Estado de brindarles
mantenimiento constante, éstas presentan un cuadro de abandono; incluso, a
muchas no se les ha hecho ninguna mejoría, desde que fueron construidas. Aunado
a esto, la sobrepoblación existente en los centros tanto, preventivos como de
ejecución, debido al mal ordenamiento de reclusos y, al incremento de
criminalidad en el país, es causa del hacinamiento dentro de los mismos; la
falta del cumplimiento de las etapas procesales, por parte del Organismo
Judicial y, de acusación por parte del Ministerio Público, hacen que las
personas, se encuentren más tiempo de lo debido, dentro de los centros
carcelarios o bien, que no se les dicte sentencia, en el tiempo establecido.(…)”, describiendo además que lo preceptuado por
la constitución y las leyes donde se establece que es función del sistema
penitenciario garantizar las reeducación y resocialización del interno, esta no
se cumple debido a que los espacios dentro de las cárceles en Guatemala son
reducidos, existe un hacinamiento, la no existencia de separaciones por niveles,
donde los presos con condena efectiva son juntados a convivir con aquellas
personas que vienen cumpliendo una prisión preventiva, pese a que la
constitución establece una separación de los mismos, la vida del recluso en
condiciones inhumanas debido al hacinamiento y a los actos de corrupción dentro
de las cárceles son el pan de cada día, entre los que se aprecia la supuesta
red de corrupción liderada por “Byron Lima Oliva, ex capitán del ejército condenado a 20 años de prisión
por el asesinato del obispo Juan Gerardi. Desde su celda, y con la complicidad
de las autoridades del sistema carcelario, fue acusado de haber constituido “un
poder paralelo” en las prisiones,” quien además habría implicado a
ministro del interior en una red de corrupción, esto en el año 2014; por otro, los recursos económicos destinados
por el Estado Guatemalteco para el sostenimiento de las prisiones en Guatemala con
escasos, según se tiene de las noticias, “el Sistema Penitenciario Guatemalteco
tuvo que adaptar sus necesidades económicas de 2014 al presupuesto de 2013, aún
cuando se han sumado 3.000 nuevos reclusos en los últimos tres años, según
datos oficiales”, situación que en nada ayuda a mejorar la calidad de vida
dentro de los establecimientos penitenciarios.
En un informe publicado por el Centro de
Investigación de Guatemala Económico Nacional, se ha llegado a establecer que
las cárceles en Guatemala en el año 2014 se encontraban al 280% de su
capacidad.
RECLUSOS
EXTRANJEROS EN CÁRCELES DE GUATEMALA.
Según
información recabada en las páginas de Internet, en el año 2014 se logro
registrar la siguiente cantidad de internos extranjeros en las cárceles de Guatemala:
“170 salvadoreños, 135 nicaraguenses, 113 hondureños, 71 mexicanos, 10
estadounidenses, 29 colombianos y 14 ecuatorianos, además de reclusos en menor
cantidad ciudadanos de la República Checa, España, Holanda, Italia y Belice,
entre otros países”.
SALARIO DE LOS GUARDIAS DE
SEGURIDAD.
Según
información recabada de internet, al año 2014, “Los guardias de las cárceles y
prisiones guatemaltecas tienen un salario mensual promedio de 430 dólares”, lo
que demuestra el bajo salario con la que cuentan los agentes penitenciarios, situación
que podría dar origen a casos de corrupción dentro de los centros de detención en
Guatemala.
REPORTAJE-IMPUNIDAD.
Impunidad-reporte Guatemala, entre 2004 y 2008 Una banda policial con respaldo del gobierno de Guatemala, secuestro, torturo y asesino a campesinos, delincuentes prófugos y narcotraficantes que cumplían condena en cárceles del Estado, la investigación judicial hallo evidencia que el Ministerio de Gobernación y la Policía de Guatemala Durante la Presidencia de Oscar Berger Perdomo ejecutaron un plan sistemático de violación a los Derechos Humanos y de limpieza social para obtener beneficios políticos, deshacerse de colectivos molestos al poder económico permanente y controlar ademas negocios ilícitos.
CONCLUSIÓN.
De
lo revisado, se advierte que las cárceles no son centro de resocialización o de
reeducación de las personas que han cometidos delitos y que vienen cumpliendo
una condena, son por el contrario centros de des-socialización, de
des-humanización, ello debido a que el Estado no cumple con una adecuada
administración de estos centros penitenciarios, incumpliendo de manera
constante con los fines que establece la constitución con relación al sistema
penitenciario.
Es
común escuchar que no solo en las cárceles de Guatemala se hable de una sobre
población de los internos, sino también en el Perú y de todos los actos de
corrupción que se dan al interior del los centros penitenciaros, ya sea por los
guardias de seguridad.
Particularmente
considero que las cárceles más allá de ser centros de readaptación a fin de que
los internos, luego de haber cumplida una pena, salgan a la sociedad y con una
nueva visión del mundo, arrepentidos del delito que hubiesen cometido, con
metas de superación, son centros de proliferación de la delincuencia, son
centros de adiestramiento en técnicas delincuenciales.
Con
respecto al sistema penitenciario en Guatemala, si bien es cierto la
constitución establece como función la readaptación social y a la reeducación
de los reclusos, esta no se cumple, por cuanto las cárceles en Guatemala vienen
atravesando una crisis de sobrepoblación de internos, la no existencia de
separación por niveles de reos con
condena de los reos con prisión preventiva, pese a que la constitución
establece que debe existir esta diferenciación, todo ello aunado a que el
personal encargado de custodiar a los internos no cuenta con buenos salarios a
fin de evitar actos de corrupción.
Portales web visitados.
Enlaces de videos.
https://www.youtube.com/watch?v=8JaZWgXF6i0.
interesante
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